Fractura de radio

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El radio es uno de los dos huesos del antebrazo (junto con el cúbito). Se extiende desde el codo hasta la muñeca y cumple un rol clave en los movimientos de la mano.-

La fractura de radio es una de las lesiones más comunes en accidentes laborales. Puede ocurrir por una caída, un golpe o un mal apoyo, y suele generar dolor intenso, inflamación, deformidad en la muñeca y dificultad para mover la mano.-

Aunque muchas veces se la minimiza, esta lesión puede dejar secuelas permanentes que afectan tareas cotidianas y el rendimiento laboral.-

La zona más afectada suele ser la parte cercana a la muñeca, ya que, ante una caída, la reacción natural es apoyar la mano para amortiguar el golpe.-

Ante la existencia de una fractura sufrida en el ámbito laboral, resulta imprescindible que el trabajador de aviso a su empleador y se realice la denuncia ante la ART, para que le brinden las prestaciones médicas correspondientes.-

El tratamiento depende de la gravedad de la lesión:

  • Fractura sin desplazamiento: inmovilización con férula o yeso.-
  • Fractura con desplazamiento: Es posible que sea necesario una cirugía.-

En todos los casos: rehabilitación kinesiológica para recuperar fuerza y movilidad.-

Durante el período de tratamiento y recuperación, es importante:

  • Guardar todos los estudios y certificados médicos.-
  • Contar con un abogado con experiencia en accidentes laborales.-

Una vez que la ART otorga el alta médica, puede iniciarse el trámite de determinación de incapacidad. En los días siguientes, la aseguradora suele solicitar:

  • La elección de la Comisión Médica correspondiente.-
  • La designación del abogado que representará al trabajador.-

La ART también puede citar al trabajador a nuevas evaluaciones médicas, intentando arribar a un acuerdo previo sobre el porcentaje de incapacidad. Estas instancias deben realizarse siempre con asesoramiento legal.-

Una vez que la ART o su letrado patrocinante inicia el expediente correspondiente ante la Comisión Médica de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), el trabajador será citado a una audiencia donde será evaluado por un médico imparcial.-

Luego, se emite un Dictamen Médico, en el cual se establece si el trabajador padece secuelas incapacitantes a consecuencia del accidente de trabajo sufrido.-

En caso de el dictamen establezca que el trabajador sufre de una incapacidad laboral, se lo notificará de la indemnización que recibirá en esta instancia. Asimismo, se realiza una nueva audiencia en la que el trabajador puede:

  • Aceptar la suma ofrecida y cobrarla en un plazo aproximado de 10 días.-
  • Iniciar un reclamo judicial para obtener una indemnización mayor.-

La evaluación se realiza según los criterios del Decreto 659/96. Es importante mencionar la fractura de radio no figura de manera específica en la tabla, pero igual es indemnizable. Lo que se analiza es las secuelas que dejó la lesión, no solo el hueso roto.-

El porcentaje surge de medir la movilidad y el funcionamiento del brazo y la muñeca, evaluando, entre otros aspectos:

  • Flexión y extensión de la muñeca.-
  • Movimientos de giro del antebrazo (pronación y supinación).-
  • Desviaciones laterales.-
  • Dolor y pérdida de fuerza.-

Si la fractura ocurrió en el brazo hábil (por ejemplo, el derecho en una persona diestra), se suma un 5% adicional al porcentaje de incapacidad determinado.-

No obstante,la indemnización a cobrar no es un número fijo. Se calcula mediante una fórmula legal que contempla:

El porcentaje de incapacidad reconocido.-

La edad del trabajador.-

El salario al momento del accidente.-